Esto es mejor hablarlo por privado, pero imagino que lo habrás hecho tú o que se lo has llevado a una gestoría para que te la haga, no solo es aceptar el borrador.
Debes saber que que si te equivocas tienes un plazo de cinco años para recurrir el impuesto y la devolución del dinero que estimes oportuno declarar.
Además, imagino que habrás aplicado la deducción en la cuota integra por alquiler en vivienda habitual así como la deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual.
Debes saber que que si te equivocas tienes un plazo de cinco años para recurrir el impuesto y la devolución del dinero que estimes oportuno declarar.
Además, imagino que habrás aplicado la deducción en la cuota integra por alquiler en vivienda habitual así como la deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual.